{"id":4496,"date":"2023-09-13T11:19:07","date_gmt":"2023-09-13T09:19:07","guid":{"rendered":"https:\/\/www.insuit.net\/?p=4496"},"modified":"2026-02-27T12:10:15","modified_gmt":"2026-02-27T11:10:15","slug":"fechas-informes-revision-accesibilidad-web","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.insuit.net\/es\/fechas-informes-revision-accesibilidad-web\/","title":{"rendered":"\u00bfCu\u00e1les son las fechas de entrega de los Informes de Revisi\u00f3n de Accesibilidad web?"},"content":{"rendered":"\n
Actualizado a octubre 2025 tras la \u00faltima comunicaci\u00f3n del Observatorio de Accesibilidad Web.<\/p>\n\n\n\n
Al referirnos a los Informes de Revisi\u00f3n de Accesibilidad web,<\/strong> lo primero que debemos tomar en cuenta es que estos son un instrumento que permiten realizar el seguimiento del cumplimiento de los<\/strong> requisitos de accesibilidad a los sitios web y aplicaciones m\u00f3viles<\/a> del sector p\u00fablico, todo esto a trav\u00e9s del Observatorio de Accesibilidad Web<\/a> (OAW).<\/p>\n\n\n\n A finales del 2018, la<\/strong> Comisi\u00f3n Europea<\/a>, public\u00f3 las directrices que debemos cumplir<\/strong> para realizar el seguimiento a nivel nacional y remitirles los informes peri\u00f3dicos cada tres a\u00f1os<\/strong>, los cuales deber\u00e1n ser p\u00fablicos. Los \u00faltimos informes se enviaron en marzo de 2025, y el pr\u00f3ximo ciclo ser\u00e1 en 2027.<\/p>\n\n\n\n Para ello, las acciones de seguimiento deber\u00e1n realizarse anualmente, <\/strong>excepto en el primer per\u00edodo, que agrup\u00f3 los a\u00f1os 2020 y 2021.<\/p>\n\n\n\n Ahora bien, \u00bfsabes cu\u00e1les son esas tareas que se deben realizar para cumplir con las exigencias pautadas en el<\/strong> Real Decreto 1112\/2018<\/a>?<\/strong><\/p>\n\n\n\n Periodicidad: cada tres a\u00f1os (2027) o cada vez que se lance una nueva web o aplicaci\u00f3n m\u00f3vil.<\/span><\/strong><\/p>\n\n\n\n El Real Decreto 1112\/2018 especifica en su art\u00edculo 17 que estas revisiones, tambi\u00e9n conocidas como auditor\u00eda de accesibilidad web profunda<\/a>, deben hacerse de manera peri\u00f3dica, pero tambi\u00e9n, antes de la puesta en funcionamiento de la p\u00e1gina o aplicaci\u00f3n web<\/strong>, <\/strong>es decir, en la fase de dise\u00f1o.<\/p>\n\n\n\n El Informe de Revisi\u00f3n de Accesibilidad (IRA<\/strong>)<\/strong>, debe realizarse como m\u00e1ximo cada tres a\u00f1os<\/strong> o cada vez que se lance una nueva web o aplicaci\u00f3n m\u00f3vil.<\/p>\n\n\n\n El segundo Informe de Revisi\u00f3n de Accesibilidad, correspondiente al per\u00edodo 2022-2024, fue presentado a la Comisi\u00f3n Europea en marzo de 2025, aunque el plazo previsto era diciembre de 2024<\/strong>. Este informe detalla el seguimiento realizado mediante tres metodolog\u00edas principales: seguimiento simplificado anual de sitios web, seguimiento en profundidad de sitios web y seguimiento en profundidad de aplicaciones m\u00f3viles.<\/p>\n\n\n\n Desde entonces, la periodicidad se mantiene cada tres a\u00f1os, siendo el \u00faltimo ciclo de remisi\u00f3n nacional en marzo de 2025 y el pr\u00f3ximo en 2027<\/strong>. Adem\u00e1s, el Observatorio de Accesibilidad Web puede solicitar la remisi\u00f3n de informes en cualquier momento, junto con cualquiera de los otros informes detallados en los apartados del art\u00edculo. Actualmente, ya se deben tener realizados y almacenados todos los informes requeridos<\/strong>.?<\/p>\n\n\n\n Si a\u00fan es una tarea pendiente<\/strong>, como es el caso de much\u00edsimas entidades, todav\u00eda puede hacerse, o mejor a\u00fan, puedes contactarnos para que nuestro equipo de especialistas lo hagan<\/a> de una forma r\u00e1pida, sencilla y eficiente. <\/p>\n\n\n\n Si quieres saber m\u00e1s sobre este informe<\/strong>, te recomendamos la lectura de nuestro art\u00edculo: \u00bfQu\u00e9 es el Informe de Revisi\u00f3n de Accesibilidad web (IRA)?<\/a><\/p>\n\n\n\n Periodicidad: anual<\/span><\/strong> (antes del 30 de octubre de 2025)<\/strong><\/p>\n\n\n\n Este documento, que debe ser detallado, exhaustivo y claro<\/strong> tanto para las webs como para las Apps, es obligatorio y debe actualizarse constantemente, con una periodicidad anual<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n Esta tarea consiste en ubicar en las distintas p\u00e1ginas de la web un enlace denominado \u2018Accesibilidad\u2019, el cual siempre debe estar accesible\/visible<\/strong>, <\/strong>con el objetivo de poder dar a conocer los detalles de la declaraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n Para el cumplimiento de este punto, inSuit pone a disposici\u00f3n la redacci\u00f3n de la declaraci\u00f3n con base en el resultado de la auditor\u00eda<\/strong>. Es decir, junto al resultado de la auditor\u00eda, compartimos un texto a nuestros clientes con la finalidad de que actualicen su web y\/o App<\/strong>, <\/strong>las cuales deben tener su propia declaraci\u00f3n de accesibilidad.<\/p>\n\n\n\n Si quieres saber m\u00e1s sobre este documento<\/strong>, te recomendamos la lectura de nuestro art\u00edculo: \u00bfQu\u00e9 es la Declaraci\u00f3n de Accesibilidad Web?<\/a><\/p>\n\n\n\n Periodicidad: anual<\/span><\/strong> (antes del 30 de octubre de 2025)<\/strong><\/p>\n\n\n\n El Real Decreto 1112\/2018 establece en su art\u00edculo 19, que la Unidad Responsables de Accesibilidad (URA) debe preparar un informe anual que incluya el estudio de las comunicaciones, consultas, sugerencias, solicitud de informaci\u00f3n accesible y quejas formuladas<\/strong>, adem\u00e1s de las reclamaciones atendidas y las revisiones realizadas.<\/p>\n\n\n\n Periodicidad: anual<\/span><\/strong> (antes del 30 de octubre de 2025)<\/strong><\/p>\n\n\n\n Dicho informe queda establecido en el art\u00edculo 19 del Real Decreto. El mismo corresponde a la Unidad Responsable de Accesibilidad, quienes deben incluir las medidas propuestas en cuanto a las actividades de promoci\u00f3n, concienciaci\u00f3n y formaci\u00f3n<\/strong> que giran en torno a los requisitos de accesibilidad y sus beneficios.<\/p>\n\n\n\n Periodicidad: anual<\/span><\/strong> (antes del 30 de octubre de 2025)<\/strong><\/p>\n\n\n\n Esta tarea anual corresponde a la Unidad Responsable de Accesibilidad, la cual debe encargarse de informar cu\u00e1les han sido las medidas asumidas seg\u00fan el resultado que dan las revisiones<\/strong> peri\u00f3dicas de accesibilidad.<\/p>\n\n\n\n Ahora bien, si tu informe ha quedado pendiente<\/strong>, recuerda que tanto para los informes de quejas como el de promoci\u00f3n, concienciaci\u00f3n y formaci\u00f3n, as\u00ed como el de seguimiento del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad, podemos ayudarte a realizarlos<\/a>.<\/p>\n\n\n\n Periodicidad: anual<\/span><\/strong> (antes del 30 de octubre de 2025)<\/strong><\/p>\n\n\n\n En el caso de qu\u00e9 la entidad se haya acogido a la excepci\u00f3n del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad argumentando una carga desproporcionada, el Real Decreto establece en su art\u00edculo 16, que debe hacerse una revisi\u00f3n peri\u00f3dica (anual) de las evaluaciones realizadas<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n Lo primero que tenemos que tener en cuenta, es que la Unidad Responsable de Accesibilidad (URA) es la que se encarga de garantizar el cumplimiento<\/strong> de los requisitos de accesibilidad en los sitios y aplicaciones Web.<\/p>\n\n\n\n En este sentido, desde el 20 de septiembre de 2018, es obligatorio que todas las entidades tengan designada una URA <\/strong>con una persona responsable y un correo de contacto. Ya que cuando el Observatorio abre el plazo para el env\u00edo de informes, manda un correo electr\u00f3nico a este departamento; de aqu\u00ed la importancia y la obligaci\u00f3n de contar con ella, en todo momento con sus datos actualizados.<\/p>\n\n\n\n Esta tarea deriva del art\u00edculo 8 del Real decreto, el cual establece que los distintos organismos, tanto p\u00fablicos como privados, deben adoptar medidas de sensibilizaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n<\/strong>, para as\u00ed incrementar la concienciaci\u00f3n en todos los \u00e1mbitos de la sociedad en cuanto a los requisitos de accesibilidad y los beneficios que esta deja. <\/p>\n\n\n\n As\u00ed como tambi\u00e9n, en torno a las medidas que ya se han puesto en pr\u00e1ctica y, la posibilidad y medios existentes habilitados para reclamar cuando haya alg\u00fan incumplimiento<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n Todas estas acciones se realizan con el objetivo de que las entidades sean conscientes de cu\u00e1l es su situaci\u00f3n de accesibilidad<\/strong> en este momento.<\/p>\n\n\n\n Desde inSuit ofrecemos un servicio que incluye webinars formativos que cumplen con los requisitos solicitados por el Real Decreto<\/strong>, <\/strong>el cual valdr\u00eda la pena considerar. \u00a1An\u00edmate y pregunta por este servicio sin compromiso!<\/a><\/p>\n\n\n\n Lo m\u00e1s importante es que a partir de los informes se propondr\u00e1n mejoras, por lo que es necesario saber en qu\u00e9 se ha fallado y c\u00f3mo mejorarlo<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n Es aqu\u00ed donde la soluci\u00f3n est\u00e1 al alcance de tus manos<\/strong>; con inSuit Compliance\u2122<\/a>, junto con inSuit Services\u2122<\/a> y su Servicio Integral de Accesibilidad digital (SIA\u00ae)<\/a>, podr\u00e1s contar con el apoyo necesario para evaluar, gestionar y mejorar el cumplimiento de la normativa de accesibilidad web vigente<\/strong> de forma \u00e1gil y eficaz.<\/p>\n\n\n\n No esperes m\u00e1s y ent\u00e9rate c\u00f3mo desde inSuit podemos ayudarte llevando a cabo la auditor\u00eda de accesibilidad y colaborando contigo para realizar los informes requeridos<\/strong>. <\/p>\n\n\n\n De esta forma, podr\u00e1s cumplir con el Real Decreto 1112\/2018 y las distintas normas de accesibilidad web<\/strong> de una manera r\u00e1pida, sencilla y efectiva. Tambi\u00e9n podemos ayudarte a resolver cualquiera de tus dudas<\/strong>, \u00a1cont\u00e1ctanos!<\/p>\n\n\n\nInformes de Revisi\u00f3n de Accesibilidad: \u00c9stas son las actividades que debes cumplir<\/h2>\n\n\n\n
Revisiones de cumplimiento de los requisitos de accesibilidad e Informes de Revisi\u00f3n de Accesibilidad (IRA)<\/h3>\n\n\n\n
Revisar la declaraci\u00f3n de accesibilidad<\/h3>\n\n\n\n
Informe de la atenci\u00f3n de quejas y reclamaciones<\/h3>\n\n\n\n
Informe de seguimiento de la promoci\u00f3n, concienciaci\u00f3n y formaci\u00f3n<\/h3>\n\n\n\n
Informe de seguimiento del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad<\/h3>\n\n\n\n
Revisar la evaluaci\u00f3n de la carga desproporcionada<\/h3>\n\n\n\n
Notificar designaci\u00f3n y cambios en la Unidad Responsable de Accesibilidad<\/h3>\n\n\n\n
Realizar acciones de concienciaci\u00f3n y formaci\u00f3n<\/h3>\n\n\n\n
Cumple con la entrega de los Informes de Revisi\u00f3n de Accesibilidad con inSuit <\/h2>\n\n\n\n